Así lo dispuso la Cámara de Casación porteña que confirmó la condena con una pena a tres años de prisión en suspenso. El hombre que fue sentenciado forzó a la pequeña a “a observar videos que contenían imágenes de sexo explícito” y luego a observarlo como se masturbaba.
Entonces, por la pena recibida, el condenado no irá preso ya que la Cámara de Casación de la Ciudad de Buenos Aires le confirmó la condena a tres años de prisión en suspenso para el hombre que le mostró videos pornográficos a una niña de 5 años, sobrina de su pareja, y la obligó a mirarlo en el momento de su masturbación.
Según se lee en el fallo de la Sala Tercera del máximo tribunal penal porteño, el hombre sentenciado forzó a la pequeña a “a observar videos que contenían imágenes de sexo explícito, los cuales le exhibió desde su teléfono celular”. Además, “en una fecha indeterminada dentro de ese período, el imputado obligó a la niña a observar mientras se masturbaba en el baño de esa vivienda”.
Estos hechos se dieron entre los meses de abril y noviembre de 2015 en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en un domicilio ubicado en la calle Juan Domingo Perón, según el texto del fallo que citó la agencia NA.
Según surgió de la declaración de la niña, exhibida en el juicio oral mediante el sistema de cámara Gesell, la descripción fue: “El tío me dio el celu y puso ese video. Yo le dije: no tío, no puedo mirar eso. Y le hice una broma, le dije que iba a ir al baño, y me fui al baño y me fui a la pieza, y me puse a dormir”. A su vez, la nena también mencionó que, en una ocasión, el acusado estaba en el baño tocando sus partes y le dijo que lo mirara mientras lo hacía.
En cuanto a los abogados defensores del condenado según las fuentes consultadas que visualizaron el fallo, se puede leer: “La defensa solo calificó de ‘ambiguo’ al relato de la niña, sin explicar de qué manera ello podría tener alguna sustentabilidad en función de la totalidad del cuadro probatorio del caso, particularmente frente a la circunstancia de que la víctima expresó que en el video aparecían escenas de ‘sexo’ y describió eso como ‘algo que hacen los grandes en la cama’”.
Por su parte, el tribunal integrado por los jueces Mario Magariños, Alberto Huarte Petite y Pablo Jantus, rechazó todos los planteos de la defensa del condenado. Y ratificó la condena por “exhibiciones obscenas agravadas por la edad de la víctima, a la pena de tres años de prisión en suspenso y costas, y le impuso, por igual término, las obligaciones de fijar domicilio, someterse al cuidado de un patronato y evitar establecer todo tipo de contacto con la damnificada”.
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